De Permanencia
- La permanencia de un docente titular se sustenta en la coherencia de su titulación con el área de conocimiento.
- No haber incurrido en los literales establecidos en los artículos 47 y 48 de la Ley Orgánica del Servidor Público (Losep) o en los numerales 1 y 2 del Art. 74 del Reglamento de Escalafón y Carrera del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior, para lo cual deberá someterse a los procesos de evaluación cada semestre.
- La carrera priorizará acciones de mejora en los diferentes ámbitos del conocimiento a partir de la capacitación, de acuerdo a los resultados de evaluación del desempeño docente.
De Promoción
- La promoción del personal académico titular de la carrera se regirá de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Escalafón y Carrera del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior y el Reglamento Interno de la IES.
- La universidad garantizará el financiamiento y operativización permanente de proyectos de investigación que le permitan al profesor involucrarse activamente en la producción per cápita de la institución.
- Se garantizará a través del Vicerrectorado Académico, las carreras y el centro de Postgrado; la educación continua permanente, asegurando el requisito de capacitación para la promoción del personal.
- A través de la Comisión Permanente de Escalafón y Perfeccionamiento Docente, la IES apoyará económicamente a los docentes titulares para su participación en procesos de postgrado, eventos internacionales y nacionales, con ponencias para congresos; asegurando la participación en colectivos académicos de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la Universidad.
- La Universidad apoyará a través de la editorial universitaria, externas, la publicación de obras científicas en el campo del conocimiento del docente.
- La IES apoya a los docentes auxiliares y agregados para cursar estudios de cuarto nivel en el grado de Doctorado y/o PhD en el área de conocimiento.
- Para efecto de promoción los docentes e investigadores deberán sujetarse semestralmente a una evaluación conforme al Reglamento Interno del Desempeño Académico bajo las siguientes directrices:
- Actividades a evaluarse.- Comprende las actividades de docencia, investigación, dirección o gestión académica y actualización o perfeccionamiento tipificadas en el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador del Sistema de Educación Superior (CES) y/o del Reglamento Interno de Carrera y Escalafón del Profesor e Investigador de la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí (ULEAM)
- Componentes. Los componentes de la evaluación integral de desempeño académico son los siguientes:
- Autoevaluación: Es la evaluación que el personal académico realiza periódicamente sobre su trabajo y su desempeño académico.
- Coevaluación: Es la evaluación que realizan pares académicos y directivos de la institución de educación superior.
- Heteroevaluación: Es la evaluación que realizan los estudiantes sobre el proceso de aprendizaje impartido por el personal académico.
- Ponderación. La ponderación para cada componente de la evaluación integral de desempeño académico se establece de la siguiente manera:
- Para las actividades de docencia: Autoevaluación, 10%; Coevaluación de pares (comisión), 30% y de directivos, 20%; y heteroevaluación, 40%.
- Para las actividades de investigación: Autoevaluación, 10%; Coevaluación de pares (comisión), 50% y de directivos, 40%.
- Para las actividades de dirección o gestión académica: Autoevaluación, 10%; Coevaluación de pares (comisión), 30% y directivos, 40%; y heteroevaluación, 20%.
- Actualización o perfeccionamiento: Autoevaluación, 15%; Coevaluación de pares (comisión), 30%; y directivos, 55%.
- Los resultados de la evaluación integral de desempeño académico y de sus componentes serán públicos.
- En caso de que el personal académico combine actividades de docencia, investigación y gestión, la ponderación de la evaluación sobre cada una de las mismas será equivalente al número de horas de dedicación a cada una.
- Para el proceso de autoevaluación son los miembros del personal académico.
- Para el proceso de heteroevaluación son todos los estudiantes legalmente matriculados.
- Para el proceso de coevaluación son las autoridades de las Unidades Académicas y los miembros de la comisión académica y/o de evaluación por carrera, conformando un total de tres (3) o cinco (5) integrantes.
- De los actores. Para la evaluación integral de desempeño académico se identifican los siguientes actores:
- Para las actividades de docencia, investigación, dirección o gestión académica y actualización o perfeccionamiento.
- Una comisión de evaluación conformada por pares académicos, los cuales deberán tener al menos la misma categoría, nivel escalafonario superior y titulación que el evaluado; y,
- Las autoridades académicas que según la normativa interna de la institución estén encargadas de la evaluación (Citado del Reglamento Interno de Evaluación del Desempeño Docente)